Resumen:
El presente artículo analiza la Ley 29852 –Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético–. Específicamente, el autor se centra en determinar si los cargos de los que se efectuará el Estado para financiar tanto el Sistema como el Fondo mencionado, tienen naturaleza tributaria o no. Ello con el fin de establecer si dichos pagos deben acogerse a los límites y principios constitucionales vigentes para la tributación.