Resumen:
Esta tercera entrega contiene el marco general del Patrimonio y la Familia.
Por régimen patrimonial de familia debemos entender el conjunto de reglas
que regulan las relaciones económicas entre personas que componen una familia,
aquellas entendidas entre cónyuges o convivientes y de estos frente a terceros, así
como la de los padres e hijos, incluyéndose las relaciones derivadas de la tutela y
curatela. Familia y bienes, economía y propiedad, son elementos claves cuando
de patrimonialidad de la familia se habla.
El Derecho de Familia es un enrevesado conglomerado de relaciones jurídicas
de las que no escapan las económicas considerando que la familia es un motor
económico, una comunidad de producción, una unidad de consumo que el Derecho
va prestando cada vez mejor atención en sus diferentes aspectos tales como el régimen
económico del matrimonio (art. 295), tratamiento patrimonial de las uniones
estables (art. 323), derecho de habitación (arts. 323, 731), derechos sucesorios
y gananciales (arts. 724 y 822), alimentos (arts. 472 y ss.) y patrimonio familiar
(art. 488), solo por mencionar algunas en estas líneas previas.