Resumen:
Al iniciar la investigación con el fin de escribir este artículo, me encontré en la disyuntiva entre abarcar todo el campo referido a la solución de controversias en materia tributaria o centrarme solo en la transacción y el denominado arbitraje tributario, temas tratados ampliamente en la doctrina extranjera, pero en el Perú solo por contados profesores de derecho, y que dadas las actuales circunstancias de globalización o apertura comercial internacional me parece importante abarcar. Preferí la segunda posibilidad, por la amplitud del tema y en base, además, a que las dos figuras desarrolladas son las que tienen más posibilidades de imponerse legislativamente.En el mundo de las inversiones, sea que estas provengan de inversores nacionales o extranjeros, lo que se busca, al margen de la rentabilidad (en los actuales momentos este concepto se encuentra limitado o ampliado, como se quiera ver, por criterios como la responsabilidad social), es la seguridad de que la fuente generadora de riqueza permanezca en el tiempo; es decir, que se asegure no solo el retorno de la inversión efectuada sino que esta dure indefinidamente, con los beneficios que ello acarrea, como la generación de puestos de trabajo, el incremento de la riqueza del país y, en consecuencia, la mejora de la calidad de vida de los habitantes, con el correspondiente estrechamiento de las diferencias sociales, sustentadas a su vez en brechas económicas. Resulta claro, entonces, que la inversión no solo interesa a quien busca la riqueza sino al país que la recibe, generando un círculo virtuoso entre la inversión y el beneficio (no solo económico).